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Réglementation

FEMA se basa en la leglislación Chilena y las normas Nch 1258 junto la legislación Europea.

El Instituto Nacional de Normalización, INN, es el organismo que tiene a su cargo el estudio y preparación de las normas técnicas a nivel nacional. Es miembro de la INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION (ISO) y de la COMISION PANAMERICANA DE NORMAS TECNICAS (COPAN T), representando a Chile ante esos organismos.

En casos donde existe peligro de caída desde una altura y donde, por razones técnicas o por trabajos de muy corta duración, casos en que no se puede brindar acceso seguro, es obligatorio el uso de sistemas personales para detención de caídas (SPDC). Dicho uso nunca se debe improvisar y su adopción se debe estipular específicamente en las disposiciones formales apropiadas para la seguridad en el lugar de trabajo.

Los SPDC que cumplen con esta parte de NCh1258 deben cumplir requisitos ergonómicos y se deben utilizar sólo si el trabajo permite medios de conexión a un dispositivo de anclaje adecuado, de resistencia demostrada y si se pueden implementar sin comprometer la seguridad del usuario. Los usuarios deben ser entrenados e instruidos en el uso seguro del equipo, además de participar como observadores de tal entrenamiento e instrucción.

Esta parte de NCh1258 se basa en conocimientos y prácticas vigentes concernientes al uso de SPDC que incorporan un arnés para el cuerpo completo como se especifica en ISO 10333-1.

Esta parte de NCh1258 asume que el fabricante de los SPDC, subsistemas y componentes, en pro de la consistencia y trazabilidad, operará un sistema de gestión de calidad que cumplirá con las disposiciones nacionales vigentes a la fecha. En ISO 90001) (todas sus partes), Quality management and quality assurance standards, se puede encontrar una guía sobre la forma que puede tomar este sistema de gestión de calidad.

Las directivas Europeas

Cuando no se puede acudir a los dispositivos de protección colectiva, la protección individual de los trabajadores deben estar asegurados mediante SPDC.

Es considerado SPDC todo dispositivo o medio destinado a ser usado o utilizado por una persona para protegerse de una o varios riesgos susceptibles de amenazar su salud o seguridad.

Obligaciones del fabricante

La directiva 89/686 se refiere al diseño de los Equipos de Protección Individual (EPI) y establece las condiciones para su comercialización, así como los requisitos esenciales en términos de diseño, fabricación y métodos de prueba. Esta directiva fue derogada por el Reglamento 2016/425 del 9 de marzo de 2016, y su aplicación comenzó el 21 de abril de 2018.

La directiva clasifica los Equipos de Protección Individual (EPI) en tres categorías de riesgo. Los EPI contra caídas de altura forman parte de la categoría 3, denominada "riesgo mortal".

Las normas armonizadas Europeas.

Se trata de una referencia técnica en el cual deben responder los productos. El respecto de las normas otorga una presunción de conformidad a la directica y autoriza el porte del logo CE

Los AET y la declaración de conformidad CE

Antes de poner cualquier SPDC (E.P.I. en Europa) en el mercado, el fabricante debe validar sus productos a través de un laboratorio de pruebas que emite un certificado de examen CE del tipo AET (Autoridad Europea del Trabajo).

La declaración de conformidad es el documento mediante el cual el fabricante se compromete a proporcionar un producto conforme a la normativa vigente.

El procedimiento de control de la producción

Para garantizar la conformidad de sus fabricaciones, el fabricante de productos anticaídas también debe someter sus productos a un procedimiento de control, ya sea del producto terminado o de su producción. Este control obligatorio es llevado a cabo por un organismo notificado.

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